PCP02524.25 Procedimiento para presentar solicitud de atención médica para personas mexicanas repatriadas con enfermedades graves.

Me permito hacer referencia a las acciones de protección consular que llevan a cabo las representaciones de México en el exterior en beneficio de las personas mexicanas repatriadas a territorio nacional con enfermedades graves.

Sobre el particular, me permito hacer de su conocimiento que, ante la reciente reestructuración del sistema de salud en México, se sostuvo una reunión de coordinación con personal de la Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI) de la Secretaría de Salud, con el fin de establecer un proceso efectivo para la atención conjunta de las repatriaciones médicas.

Al respecto, se acordó el establecimiento de una “Ventanilla Única” en la DGRI para la atención de las repatriaciones médicas a los 23 estados federalizados con el IMSS-Bienestar, con el objetivo de que los casos dirigidos a estos estados reciban atención oportuna. La DGRI se encargará de gestionar, a través del IMSS-Bienestar, la recepción de la persona repatriada con el estado y la institución de salud que corresponda.

Estados federalizados con el IMSS-Bienestar
Baja California9. Hidalgo17. Sinaloa
Baja California Sur10. Michoacán18. Sonora
Campeche11. Morelos19. Tabasco
Chiapas12. Nayarit20. Tamaulipas
Ciudad de México13. Oaxaca21. Tlaxcala
Colima14. Puebla22. Veracruz
Estado de México15. Quintana Roo23. Zacatecas
Guerrero16. San Luis Potosí 

Mucho se apreciará que a partir de esta fecha, las solicitudes de atención médica para personas mexicanas repatriadas con enfermedades graves a alguno de los 23 estados mencionados, sean remitidas a la DGRI, al correo electrónico international.relations@salud.gob.mx, marcando copia a esta Dirección General y a los siguientes correos victoria.ramirez@salud.gob.mxabraham.alanis@salud.gob.mx  y ventura.llanas@salud.gob.mx.

Por otra parte, cuando las repatriaciones médicas tengan como destino alguno de los siguientes nueve estados, se seguirá el procedimiento regular, enviando directamente las solicitudes a los servicios de salud de los estados, siempre marcando en copia a la DGRI y a esta Dirección General:

1.       Aguascalientes

2.       Chihuahua

3.       Coahuila

4.       Durango

5.       Guanajuato

6.       Jalisco

7.       Nuevo León

8.       Querétaro

9.       Yucatán

Una vez que la DGRI reciba la solicitud, gestionará la recepción de la persona repatriada con el estado y la institución de salud que corresponda: Servicio Estatal de Salud, Secretaría de Salud Estatal, IMSS-Bienestar u Hospital de Alta Especialidad en la CDMX.

Cuando se trate de casos de atención a la salud mental, la DGRI evaluará remitir la solicitud a la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE) o a la instancia adecuada.

Con el fin de agilizar las repatriaciones médicas, se requiere que las representaciones compartan con la DGRI lo siguiente:

  • Solicitud de apoyo para la atención médica del o la connacional.
  • Acta de nacimiento.
  • Identificación oficial con fotografía.
  • Historial clínico, expediente o reporte médico, de ser posible en español, que incluya información sobre los padecimientos y los estudios realizados.
  • Carta responsiva, la cual debe ser firmada por un familiar o persona responsable que se encargará de los cuidados y necesidades del o la connacional durante su proceso de repatriación y atención médica.
  • Identificación oficial de la persona que firma la carta responsiva.
  • Carta del médico donde avale que la persona a repatriar está en condiciones de viajar (fit to fly).
  • Especificar el estado/ciudad al que la persona será repatriada. 
  • Informar si la persona es derechohabiente de alguna institución de salud en México y de ser el caso, remitir Número de Seguro Social (NSS).

Adicionalmente, será necesario que el personal consular informe que los tratamientos en México pueden tener un costo y que son las autoridades de salud en México las que lo determinan después de evaluar caso por caso.

A continuación, me permito compartir la ruta crítica acordada con Secretaría de Salud para solicitar atención médica para personas mexicanas repatriadas con enfermedades graves.

Atentamente,

Ministro David Simón Figueras

Encargado de la Dirección General de

Protección Consular y Planeación Estratégica,

con fundamento en el artículo 77 del Reglamento

Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores

(Oficio PCP02815.25 del 24/marzo/2025).

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