PROGRAMA DE ACTIVIDADES DE PROTECCIÓN 2025
From: DG Protección Consular y Planeación Estratégica <dgpmexterior@sre.gob.mx>
Sent: viernes, febrero 07, 2025 11:21 AM
To: Conseua <conseua@sre.gob.mx>
Cc: Jefatura de Unidad para América del Norte <uadelnorte@sre.gob.mx>; Embamex EUA <embeua@sre.gob.mx>; DGPOP <dgpopresupuesto@sre.gob.mx>
Subject: PCP00140.25 Programa de actividades de protección 2025.
Con el objetivo de que la representación consular a su digno cargo ejerza de forma eficiente los recursos correspondientes al año fiscal 2025, mucho se agradecerá atender los siguientes puntos y apegarse a su presupuesto asignado:
ÍNDICE
- Apoyos económicos a las personas mexicanas;
- Sub-partida 4410201 – Repatriación de restos de personas mexicanas fallecidas en el exterior;
- Sub-partida 4410205 – Protección consular a las personas mexicanas en situación de pobreza, indigencia, insolvencia económica temporal o vulnerabilidad extraordinaria;
- Sub-partida 4410203 – Difusión de la protección consular y los derechos de la persona mexicana migrante en medios no masivos;
- Sub-partida 4410208 – protección y asistencia consular a las personas mexicanas víctimas de trata de personas en el exterior sub-partida 4410214 igualdad de género;
- Sub-partida 4410219 – Gastos para personas prestadoras de servicios profesionales independientes (PSPI);
- Partida 44102 – Observaciones por parte de los órganos fiscalizadores en la comprobación de las erogaciones de los recursos de la partida de protección;
- Sub-partida 3990208 – Gastos de servicio telefónico de protección;
- Comisiones oficiales del personal del Servicio Exterior Mexicano (SEM) que realiza labores de protección y asistencia consular;
- Envío a territorio nacional de las cenizas de personas mexicanas fallecidas;
- Envío de objetos personales y valores.
Se ha habilitado el siguiente vínculo para consultar los anexos: https://drive.google.com/drive/folders/1sNdytEQs17YYewT0YvNHcJarFHEcp_09?usp=sharing.
- APOYOS ECONÓMICOS A LAS PERSONAS MEXICANAS.
Todos los apoyos económicos deberán otorgarse en el marco de las “Normas para la Ejecución de la Asistencia y Protección Consular a Personas Mexicanas en el Exterior” (https://sre.gob.mx/component/phocadownload/category/8-dgpop?download=1629:normas-aprobadas-2023). Se deberán realizar entrevistas de manera respetosa y digna para determinar el nivel y tipo de apoyo.
Para determinar la viabilidad de autorizar apoyos económicos adicionales, la representación deberá remitir su solicitud y la justificación correspondiente vía correo oficial utilizando el formato enviado mediante la comunicación PCP07057.23 el 14 de agosto de 2023 (anexo I). Para mayor referencia se adjuntan la “Guía práctica para la entrega de apoyos” (anexo II) y la “Guía práctica para la solicitud de apoyos” (anexo III).
Cuando una solicitud de apoyo económico exceda los $5,000.00 dólares estadounidenses, tomando en cuenta los apoyos de la partida 44102 “Gasto por servicios de traslado de personas” y los apoyos en el marco de los programas legales de la partida 33104 “Otras asesorías para la operación de programas”, la representación consular deberá someter previamente el caso a dictamen del Comité de Evaluación para la Asistencia a Casos de Protección Consular que requieren apoyos económicos mayores a $5,000.00 dólares estadounidenses. (Circular PCP03857.24- Lineamientos para la presentación de solicitudes de apoyo ante el Comité de Evaluación de fecha 18 de abril de 2024 anexo IV).
- SUB-PARTIDA 4410201- REPATRIACIÓN DE RESTOS DE PERSONAS MEXICANAS FALLECIDAS EN EL EXTERIOR.
Esa representación podrá ejercer hasta $1,550.00 dólares estadounidenses sin requerir la autorización de esta Dirección General para dicho fin. En los casos en que la representación consular identifique que las erogaciones para otorgar el apoyo rebasan el citado monto, será necesario que mande a esta Dirección General su solicitud debidamente justificada y los siguientes documentos:
- Cuestionario de “Traslado de Restos” enviado a las Oficinas Consulares el 06 de septiembre de 2023 mediante la comunicación PCP07057.23 (anexo V) cuyos reactivos sirven de guía para determinar las posibilidades financieras de los familiares solicitantes.
- Tres (3) cotizaciones del servicio funerario básico, tomando en cuenta que la opción elegida será la más económica.
- Atender la circular PCP09699.23.- Guía de los criterios para SOLICITAR Y AUTORIZAR apoyos económicos para las contrataciones periciales, almacenaje de cuerpos, exhumación y otros servicios especiales de fecha 30 de octubre de 2023 (anexo VI).
Se solicita explorar y establecer acuerdos con casas funerarias para obtener precios preferenciales para este servicio (Circular PCP09702.23.- Renovación suscripción Cartas Compromiso con Casas Funerarias de fecha 01 de noviembre de 2023 anexo VII).
Con relación al pago de gastos funerarios a empresas que se encuentran en otra circunscripción, se agradecerá acatar lo instruido en la comunicación PCP07273.22 del 7 de octubre de 2022 (anexo VIII).
- SUB-PARTIDA 4410205 – PROTECCIÓN CONSULAR A LA PERSONA MEXICANA EN SITUACIÓN DE POBREZA, INDIGENCIA, INSOLVENCIA ECONÓMICA TEMPORAL O VULNERABILIDAD EXTRAORDINARIA.
Se deberá priorizar la canalización de solicitudes de apoyo de asesoría y/o representación legal de los(as) proveedores(as) PALE conforme al área de especialidad.
También se podrá hacer uso de las sub-partidas de protección 4410205, 4410208 y 4410214 para el concepto de representación para lo cual deberá contar con la carta del/la abogada(o) que atenderá el caso en el cual se precise:
- Su opinión sobre el caso.
- Las expectativas de resolución.
- El costo de sus honorarios.
- SUB-PARTIDA 4410203 – DIFUSIÓN DE LA PROTECCIÓN CONSULAR Y LOS DERECHOS DE LA PERSONA MEXICANA MIGRANTE EN MEDIOS NO MASIVOS.
- Elaboración y difusión de materiales informativos, tales como: folletos, trípticos, dípticos, carteles, mantas, rótulos, entre otros;
- Reuniones con autoridades extranjeras u organizaciones no gubernamentales extranjeras que tengan como propósito lograr mejores condiciones de trato para las personas mexicanas migrantes, así como resolver casos de protección;
- Reuniones con personas abogadas o representantes de organizaciones civiles, a fin de dar seguimiento a los casos legales de asistencia y protección consular.
Dichos gastos deberán ser cubiertos con recursos del sub-programa y de la subpartida en SIGEPP con el nombre de “Protección consular a la persona mexicana migrante y campaña de seguridad a la persona mexicana migrante”; y NO con recursos de la partida 38201 “Gastos de Orden Social”, toda vez que no es facultad de esta Unidad Administrativa su manejo, de acuerdo con lo informado en la comunicación PME111535.17 del 22 de septiembre de 2017 (anexo IX).
Las representaciones podrán erogar mensualmente hasta $250.00 dólares estadounidenses para cubrir los gastos por concepto de coffee break básico (café, agua embotellada, té, refrescos y galletas). En caso de que se supere esa cifra, deberá solicitar la autorización de esta unidad administrativa antes de que se lleve a cabo el evento y la erogación.
En caso de que la representación diseñe material informativo, éste deberá contar previamente con la revisión y aprobación nuestra en cuanto a contenido, y de la Dirección General de Comunicación Social en cuanto al uso de la imagen institucional.
- SUB-PARTIDA 4410208 – PROTECCIÓN Y ASISTENCIA CONSULAR A LAS PERSONAS MEXICANAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL EXTERIOR SUB-PARTIDA 4410214 IGUALDAD DE GÉNERO.
El presupuesto para los sub-programas mencionados será asignado por separado para contar con mayor claridad en el ejercicio de los recursos. Las representaciones podrán brindar apoyo ante las siguientes circunstancias:
- Violencia intrafamiliar, abandono, abuso físico o psicológico (numeral 124);
- Repatriación de personas mexicanas vulnerables, (numerales 138 y 139);
- Víctimas de violencia de género que se encuentren privadas de su libertad (numerales 140 y 141);
- Difusión del sub-programa (elaboración de material informativo y para la realización de jornadas y talleres informativos; numeral 142).
- SUB-PARTIDA 4410219 – GASTOS PARA PERSONAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES (PSPI).
Cabe señalar que los recursos para la sub-partida 4410219 deberán ser tomados de la sub-partida 4410207 o cualquier otra en la que esa representación cuente con recursos disponibles (a excepción de la sub-partidas 4410214 y 4410208).
- PARTIDA 44102 – OBSERVACIONES POR PARTE DE LOS ÓRGANOS FISCALIZADORES EN LA COMPROBACIÓN DE LAS EROGACIONES DE LOS RECURSOS DE LA PARTIDA DE PROTECCIÓN.
Cuando sea necesario que esta Dirección General se pronuncie respecto a observaciones de glosa que realiza la DGPOP y/o el Área de Especialidad en el ramo de Relaciones Exteriores (antes Órgano Interno de Control en la S.R.E.) relacionadas con la comprobación de las erogaciones realizadas en el marco de la partida de protección 44102, será necesario que la representación remita toda la información que coadyuve a la resolución de las mismas y envíe cualquier otro insumo que la representación considere de importancia.
Se adjunta el Informe mensual de gastos en materia de protección consular 2025 (anexo XI) actualizado.
- SUBPARTIDA 3990208 – GASTOS DE SERVICIO TELEFÓNICO DE PROTECCIÓN.
La Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación (DGTII), informó que la Subsecretaría de Buen Gobierno, mediante el Oficio Número 700-048/2024 tuvo a bien emitir la autorización del uso de telefonía móvil por el ejercicio fiscal 2025.
Derivado de lo anterior, esta Dirección General otorga el visto bueno para la contratación del servicio de telefonía móvil de protección por el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025, por lo que se agradecerá tomar nota de lo instruido por la DGTII, en la cual comunica que deberá enviar una comunicación oficial con la cotización correspondiente a esta Unidad Administrativa, lo anterior para estar en posibilidad de radicar los recursos en la sub-partida 3990208 “Gastos del servicio telefónico”, en el concepto de gasto 399020803 “Gastos de servicio telefónico móvil de protección (DGPCPE)”.
El monto mensual por dicho servicio no deberá exceder el tope máximo establecido ($990.00 pesos mexicanos).
- COMISIONES OFICIALES DEL PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO (SEM) QUE REALIZA LABORES DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA CONSULAR.
La participación del personal del Servicio Exterior Mexicano (SEM) para atender las labores de protección que se presentan fuera de la ciudad sede de la representación consular se considera comisión oficial y su autorización está sujeta a lo establecido en los “Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal” (DOF. 18/09/2020) y el “Manual de Políticas y Normas Presupuestarias para las Representaciones de México en el Exterior”(MPNPRME)vigente.
Dichas comisiones se clasifican en anticipadas y devengadas, de acuerdo en el tiempo que tarde la representación en solicitar la autorización de esta Dirección General. Para que esta unidad administrativa esté en posibilidad de realizar las gestiones correspondientes y entregar el aviso de comisión en la ventanilla de comisiones oficiales de la DGPOP, muy atentamente se agradecerá atender lo siguiente para cada tipo de comisión:
- Comisiones anticipadas
En caso procedente, esta oficina continuará con los trámites correspondientes para las transferencias de los recursos, siempre que la persona funcionaria comisionada no tenga comisiones pendientes por comprobar por un periodo superior a los 30 días naturales y no haya rebasado el número máximo de días de comisión en el ejercicio presupuestal.
Es importante destacar que la comprobación de las comisiones autorizadas como anticipadas se debe enviar la documentación original a esta DGPCPE en un periodo máximo de 10 días hábiles posteriores al término de la comisión.
- Comisiones devengadas
Se considerarán comisiones devengadas aquellas solicitudes recibidas en esta Dirección General con menos de 14 días hábiles previos al inicio de la actividad de protección. Como en el numeral anterior, la representación deberá enviar su solicitud incluyendo el número de comisión asignado por el SIGEPP (ejemplo: 151-001/2025), agenda de trabajo y cotizaciones de los pasajes, en su caso, para que esta DGPCPE analice la procedencia de su autorización.
Una vez concluida la diligencia de protección, se deberá registrar en el SIGEPP la comprobación correspondiente y enviar la documentación original a esta oficina en un periodo máximo de 10 días hábiles posteriores al término de la misma.
No se autorizarán solicitudes de reembolso de erogaciones devengadas que no estén debidamente justificadas.
Las comisiones con destino en territorio nacional deben cumplir con lo que dispone la “Ley del Impuesto sobre la Renta” en su artículo 93 fracción XVII y comprobarse mediante facturas que reúnan los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del “Código Fiscal de la Federación”.
Mucho se agradecerá planear las comisiones oficiales para atender labores de protección de manera integral, para evitar gastos innecesarios ante la eventual necesidad de realizar múltiples viajes a los mismos destinos en un corto tiempo. En los casos que amerite, se deberá dar prioridad a la realización de videoconferencias y teleconferencias con el fin de que solamente se lleven a cabo las comisiones estrictamente necesarias. Lo anterior, permitirá una mejor administración de los recursos asignados para realizar estas actividades en el marco de la Ley de Austeridad Republicana.
La comprobación de los viáticos solamente considerará el hospedaje, transporte terrestre y alimentación. Los recibos de alimentación deberán presentar únicamente la descripción y el pago de los alimentos sin propina (no se aceptan vouchers).
Se le recuerda que de conformidad con el artículo 23 fracción V de los “Lineamientos en Materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal” (DOF, 18/09/2020), para la adquisición de pasajes aéreos para comisiones oficiales, la persona comisionada que desee viajar al destino en una fecha que esté a más de un día o después de las 24 horas al término de su comisión oficial autorizada deberán cubrir de su peculio el costo total del tramo correspondiente ya sea ida o regreso.
En caso de requerir el alta de un funcionario/funcionaria o realizar modificaciones de información, por correo electrónico se debe solicitar al área de soporte técnico del sistema técnico de SIGEPP, a cargo de la DGPOP, específicamente con el Jefe de Departamento, Javier Cortés Cruz, con correo institucional javierc@sre.gob.mx y número de extensión 6709; o bien, con el Subdirector de Soporte Operativo para las Representaciones de México en el Exterior, Adrián Jacobo Zavala, con correo electrónico ajacobo@sre.gob.mx y número de extensión 5487. Asimismo, en la solicitud se debe adjuntar la comunicación de orden de traslado, el comprobante de pago o asignación de nivel y la siguiente información:
Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica | |
Nombre: | |
Primer apellido: | |
Segundo apellido: | |
CURP: | |
RFC con Homoclave: | |
Fecha Asignación: | |
Puesto: | |
Rango: | |
Categoría: | |
Adscripción anterior si existiera: | |
Adscripción actual: | |
- ENVÍO A TERRITORIO NACIONAL DE LAS CENIZAS DE PERSONAS MEXICANAS FALLECIDAS.
Si se elige esta última opción, es necesario llenar el formato de entrega (anexo XIII) por triplicado y remitirla al correo dgpmexterior@sre.gob.mx o bien fsanchez@sre.gob.mx para que al llegar la urna se contacte a la familia, se agende una cita. Una vez entregada la urna a la familia, se devolverá el formato de la entrega a la representación para el cierre del expediente.
Es importante destacar que no/no se debe informar a la compañía de mensajería el contenido de la valija diplomática; es muy esencial que se sigan las instrucciones que para su remisión dicta la Subdirección de Medios Documentales de la DGIRM.
- ENVÍO DE OBJETOS PERSONALES Y VALORES.
- Oficio con:
- Nombre completo del titular;
- Nombre completo del beneficiario (en caso de tener);
- Datos de contacto (dirección, número telefónico y correo electrónico);
- Número de RIPC.
- Formato de control de entrega (anexo XIII para la entrega de objetos personales y anexo XIV para la entrega de documentos valorados), debidamente requisitado.
Cabe destacar que los datos de contacto deberán ser visibles a simple vista, toda vez que el contenido de la bolsa de seguridad no puede ser revisado hasta que se presente la persona designada para recibir las pertenencias y/o valores.
Se solicita que la presente información se haga del conocimiento del personal encargado de las labores de protección y de la administración de esa Oficina Consular, así como se acuse de recibo de esta comunicación a más tardar el 28 de febrero de 2025.
Atentamente,
Vanessa Calva Ruiz
Directora General
LDGD/FSP/OVS/oevm/nmfg
ANEXOS
I.- PCP07057.23
II.- Infografía “Guía práctica para la entrega de apoyos”
III. Infografía “Guía práctica para la solicitud de apoyos”
IV.- PCP03857.24
V.- Cuestionario de “Traslado de restos”
VI.- PCP09699.23
VII.- PCP09702.23
VIII.-PCP07273.22
IX.- PME111535.17
X.- PME107316.18
XI.- Informe mensual de gastos en materia de protección consular 2025
XII.- PCP07662.24
XIII.- “Formato de control para entrega de objetos personales y urnas”
XIV.- “Formato de control para entrega de documentos valorados”